Vías de reclamación

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Vías de Reclamación

Del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de la Asociación Profesional de Agentes Inmobiliarios de Castellón:

Vías de reclamación y recursos en caso de conflicto entre consumidor o usuario con un colegiado o asociado o con el Colegio o Asociación:

En caso de conflicto con un colegiado o asociado o con el Colegio/Asociación de Castellón puede utilizarse la siguiente vía:

TRAMITACIÓN DE QUEJAS O RECLAMACIONES ANTE EL COLEGIADO O ASOCIADO
Si es su deseo formular alguna queja o reclamación relacionadas con la actividad profesional de un Agente inmobiliario colegiado/asociado o con la actividad del Colegio/Asociación de Castellón:
Cumplimentar a tal efecto Instancia que al menos deberá contener:

» Hechos objeto de la queja o reclamación.
» Persona que lo presenta debidamente identificada con nombre, apellidos, DNI, dirección postal, código postal y teléfonos de contacto.
» En el supuesto en el que actúe en nombre de otra persona o entidad, deberá presentar la documentación acreditativa de la representación de quien presenta la queja o reclamación.
» Datos del API/ASAPI a la quien la queja o reclamación se refiera.
» Este escrito podrá ser enviado o presentado en la secretaría del Colegio/Asociación, C/ Huerto de Más, 1-3ºA cp.12002 Castellón -Comunidad Valenciana.

PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en un fichero, cuya finalidad es la gestión del servicio de información, consultas y reclamaciones, y no podrán ser cedidos, salvo las cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Castellón y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es en la C/ Huerto de Más, 1-3ºA cp.12002 Castellón -Comunidad Valenciana-, de todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La Junta de Gobierno resolverá informando sobre el sistema extrajudicial de resolución de conflictos, remitiendo el expediente a los órganos colegiales o de la asociación competentes en materia disciplinaria, archivando el expediente o adoptando cualquier otra decisión conforme a los Estatutos colegiales o de la asociación y la normativa vigente.

La Comisión disciplinaria podrá acordar su archivo directo sin ulterior recurso si a su juicio no hubiera indicios racionales en cuanto a la posible existencia de infracción disciplinaria. En otro caso se acordará la apertura de diligencias previas.